Francisco Javier Ustáriz

Referencia retrato: Francisco Javier Ustáriz. 5 de julio de 1811, por Juan Lovera (1838), detalle, Capilla Santa Rosa, Palacio Municipal de Caracas.

Por Carol Leal Curiel.

Una de las cabezas más “ilustradas y virtuosas” –en palabras del Regente Heredia– que tuvo Venezuela durante sus dos primeras revoluciones (1811-1812 y 1813-1814). Nacido en 1772, en el pueblo de Valle de La Pascua, proveniente de una familia caraqueña de abolengo, heredero directo del marquesado de su tío don Gerónimo de Ustáriz, fue Francisco Javier Ustáriz uno de los puntales doctrinarios y teóricos fundamentales en los primeros años de la construcción teórica de la república y, en especial con respecto a la idea de la república federal.

Arquitectos de un país:

El presente artículo de investigación forma parte de un proyecto llamado Arquitectos de un país de Trama University en colaboración con historiadores y otros profesionales venezolanos relevantes quienes con la rugurosidad de su trabajo resaltan el objetivo principal de este proyecto:

Recuperar y difundir trayectorias, impactos y presencias de todos aquellos personajes de nuestra historia que, sin empuñar un arma y desde su condición de civiles y ciudadanos, han sido protagonistas en la creación de la vida republicana, en la formación de la nacionalidad, en la formulación y desarrollo de la modernización y en la construcción de la cultura y la institucionalidad democrática.

Hijo del teniente coronel de ejército, comandante del escuadrón de caballería don José Ignacio Ustáriz, y de doña María Josefa Mijares de Solórzano, a los 14 años entra como cadete en el Batallón de Voluntarios Blancos de los Valles de Aragua, ascendiendo a subteniente en 1794 y a teniente en 1797, habiendo estado destacado en las plazas de La Guaira y Puerto Cabello. A principios del siglo XIX, en 1800, solicita ante el rey su retiro con ascenso a capitán con goce de fuero y sueldo y un cargo en la Real Hacienda como funcionario del Estanco del Tabaco en Valencia. El rey se limitó a concederle “licencia absoluta” para 1800 con “goce de fuero militar y uso de uniforme”. Ustáriz había hecho esta solicitud a consecuencia de un accidente que tuvo en los Valles de Aragua, siendo teniente del Batallón de Milicias de Blancos, cuando le estalló un fusil que le ocasionó “sordera absoluta”, la que, según narra el Regente Heredia, le dejó “impedido de tener influjo en las deliberaciones [del Congreso]”. 

Casado en 1796 con María Paula Palacios y Sojo, matrimonio celebrado en la casa de la contrayente con la respectiva licencia otorgada por Fr. Juan de la Virgen María Viana, advirtiéndole a “la contrayente no cohabite hasta la ratificación de su matrimonio”, ceremonia para la cual Francisco Javier otorgó poder a su hermano José Ignacio a fin de que  lo representara en su ausencia.

Retirado del mundo militar, a causa de aquel accidente, se incorpora en el año de 1804 como miembro de la Junta de Vacunación de la Capitanía General de Venezuela. Su nombre es reconocido y destacado por ser hombre letrado y por las tertulias literarias que tenían lugar en su casa antes del inicio de las revoluciones. 

Su estreno activo y público en la vida política comienza el 19 de abril de 1810, fecha cuando Francisco Javier Ustáriz es electo entre los “demás diputados que posteriormente fueron nombrados por el pueblo”, pasando a formar parte de la Junta Conservadora de los Derechos de Fernando VII que se constituyó ese día.  De allí en adelante, la presencia intelectual de Ustáriz fue determinante para la transformación política que se produciría en la antigua Capitanía General de Venezuela. Y aunque se le ha atribuido a Francisco Javier Ustáriz estudios en Leyes en la Universidad de Caracas –una confusión que se puede derivar de haber sido su hermano menor, José Ignacio, quien obtuvo en 1804 el grado de bachiller en Leyes–, no aparece como cursante en dicha Universidad; no obstante, Ustáriz fue una cabeza excepcional en lo tocante a la visión política y jurídica de los años que le tocó vivir durante las primeras dos revoluciones de Venezuela. 

En 1810 ejerció como elector por la parroquia Altagracia de la ciudad de Caracas en las primeras elecciones generales celebradas en Venezuela. Y en octubre de ese mismo año fue electo  diputado por San Sebastián de los Reyes, provincia de Caracas, para el Congreso Constituyente de 1811-1812. Redactor, junto con Juan Germán Roscio, Felipe Fermín Paúl y Gabriel de Ponte, del “Reglamento provisorio sobre división de Poderes”; responsable, también junto con Roscio, Paúl y Ponte, para la formación del texto “Confederación proyectada para Venezuela”; redactor de la “Gaceta de Gobierno” (Gaceta de Caracas) a partir de julio de 1811; encargado, junto con Francisco de Miranda y Gerardo Patrullo para formar “un plan de moneda metálica”; así como autor de la Constitución Federal de 1811, cuya lectura y revisión se llevó a cabo en las sesiones del Congreso, a partir del mes de agosto de 1811 hasta su respectiva aprobación y sanción en diciembre de ese mismo año, autoría por la que mereció recibir 50 ejemplares de ella. 

Participa, además, en la formación de la Constitución de la Provincia de Caracas en su condición de diputado de la sección legislativa de dicha provincia, así como en la revisión del proyecto de gobierno para la isla de Margarita, y se le comisiona para que redacte y presente un proyecto de Legislación General Mercantil. 

Fue designado, a raíz de la solicitud del gobierno de Casanare, como miembro de la comisión encargada de mediar en las desavenencias habidas entre Cundinamarca y demás provincias de Nueva Granada, embajada que no llegó a ejercer por haber resultado electo Ustáriz miembro del triunvirato del Poder Ejecutivo Federal. Una designación sustentada en la visión estratégica que tuvo Ustáriz sobre una idea de Confederación que trascendiera los límites de las provincias de la Confederación de Venezuela, como bien lo exhibe en carta escrita el 28 de julio de 1811 con destinatario desconocido, publicada dos años después en el Argos de la Nueva Granada, en la cual invita a la América Española a “imitar” el gobierno federal de los americanos del Norte a fin de prevenir  las amenazas a la libertad que constituían la desmedida ambición de Napoleón, el eventual debilitamiento de Inglaterra y el traslado de la Corte imperial de Portugal a Brasil.

No obstante, sus valiosas contribuciones en la construcción del proyecto republicano, muy pocas fueron las intervenciones del diputado Ustáriz durante las sesiones del Congreso y numerosas sus ausencias, lo que quizá se explique por la sordera padecida. De hecho, ni siquiera asistió a la sesión del 5 de julio de 1811, cuando las provincias declararon su independencia absoluta de España.

Electo como parte del triunvirato que ejercería el Poder Ejecutivo Federal de la Unión, no alcanzó a trasladarse a la ciudad federal de Valencia. Con la incursión y ocupación de los territorios de la provincia de Caracas por tropas criollas bajo el mando del capitán de fragata Domingo de Monteverde y derrotado el primer experimento de república, Francisco Javier Ustáriz fue puesto preso, como tantos otros, en La Guaira en 1812. Poco es lo que se conoce sobre el proceso judicial que se le siguió; para 1813 seguía detenido en el Castillo de San Felipe de Puerto Cabello cuya causa estaba pendiente.

En 1813, Simón Bolívar había recibido la autorización del Congreso de la Nueva Granada de ingresar y liberar a Venezuela,  campaña que culminó con su entrada triunfal a Caracas el 7 de agosto de 1813 con el fin de restituir –condición expresa del Congreso neogranadino– el gobierno “en el mismo pie en que se hallaba a la invasión de Monteverde”, para lo cual Bolívar consultó a Francisco Javier Ustáriz sobre un plan de gobierno y fundamentos de la Constitución que convenía dar en tales circunstancias. El “Plan provisorio de Gobierno” –último escrito salido de la pluma de Ustáriz el 18 de agosto de 1813, “Tercero de la Independencia y primero de la guerra a muerte”– es un documento contentivo de 15 artículos y un conjunto de reflexiones que fue pensado por Ustáriz para el ejercicio provisional de una autoridad, que garantizara la seguridad del país, hasta que se completara la expulsión de los enemigos en todo el territorio, asumiendo la imposibilidad de restituir al Congreso de Venezuela, al Poder Ejecutivo, a la Cámara de Caracas y demás autoridades. Es un plan de emergencia que instaura la dictadura comisoria del Libertador al concentrar en él, el poder legislativo, el poder ejecutivo y el gobierno militar de la provincia de Caracas, dejando las competencias judiciales “a cargo de los respectivos Jueces y Tribunales”, al tiempo que apunta otras medidas como crear un Consejo para las consultas de asuntos graves, o bien, en cuanto a lo político, rescata lo fundamental de su pensamiento, la necesidad de la Unión, y en ese sentido  sugiere convocar un Congreso “con el solo y exclusivo objeto de que escoja y nombre cierto número de Diputados […] que vayan a incorporarse al Congreso de Nueva Granada, para tratar esta Unión, ordenarla y fijarla sobre las firmes  y permanentes bases de una buena Constitución”.

A los 16 meses de haber producido este último escrito, Ustáriz moría en Maturín, resistiendo a las tropas de Boves, el 11 de diciembre de 1814.

Bibliografía mínima

Directa

“Confederación de Venezuela. Carta del ciudadano Francisco Javier de Ustáriz”, Caracas, 28 de julio de 1811, Argos de la Nueva Granada, Nº 5, jueves 9 de diciembre de 1813, pp. 17-19 y Nº 6, jueves 16 de diciembre de 1813, pp. 21-22.

Francisco Javier Ustáriz, “Plan de Gobierno Provisorio para Venezuela”, Concepción de La Victoria, 18 de agosto de 1813 en: Pensamiento Político de la emancipación venezolana, Caracas, Fundación Biblioteca Ayacucho, 1988, pp. 99-108.

 “Hoja de Servicio del teniente Don Francisco Xavier Uztariz” y  “Francisco Uztariz: Retiro y grado” en: Archivo General de Simancas, Batallón de Voluntarios Blancos de Aragua: Signatura: M Leg 7295C, f. 18, y Signatura SGU, LEG, 7194, 1800.

Indirecta

Ramón Azpurúa, Biografía de hombres notables, Caracas, Edición facsimilar completa de los cuatro volúmenes editados en 1877, Ediciones Mario González, 1982, tomo I, pp. 319-320.

Tomás Fernández y Elena Tamaro: “Biografía de Francisco Javier Ustáriz”, en Biografías y vidas. La enciclopedia biográfica en línea. Barcelona-España, 2004. Disponible en https://www.biografiasyvidas.com

Pedro Grases. “Ustáriz, Francisco Javier” en Diccionario de Historia de Venezuela, Caracas, Fundación Empresas Polar, 1987.

José Francisco Heredia: Memorias del Regente Heredia, Caracas, Academia Nacional de la Historia, Fuentes para la Historia Colonial de Venezuela, 1986.

Carole Leal Curiel: Libro de Actas del Supremo Congreso de Venezuela 1811-1812, Caracas, Colección Bicentenario de la Independencia-Asociación Académica para la conmemoración del Bicentenario de la Independencia, 2011, 2 tomos.

Carole Leal Curiel: La Primera Revolución de Caracas, 1808-1812: Del juntismo a la Independencia absoluta, Caracas abediciones/colección Letraviva-Konrad Adenauer Stiftung, 2019.

Elena Plaza: “Entre el poder supremo y el orden constitucional: Problemas en la concepción y organización del Estado durante la Independencia de Venezuela (1811-1830)”, en Trópico Absoluto, 7 de noviembre de 2019.

Sobre el autor:

Carol Leal Curiel.  Antropólogo (UCV), Magister en Ciencias Políticas (USB), DEA (en Historia (París 1) y Doctora en Ciencias Políticas (UCV). Profesora Titular (jubilada) de la Universidad Simón Bolívar-Instituto de Investigaciones Históricas-Bolivarium, Individuo de Número de la Academia Nacional de la Historia.